Incapacidad Temporal


¿ QUÉ ES UNA INCAPACIDAD TEMPORAL?
La incapacidad temporal es un subsidio diario que trata de cubrir la falta de ingresos que se produce cuando el trabajador está imposibilitado temporalmente para trabajar y precisa asistencia sanitaria de la Seguridad Social.

La incapacidad temporal puede ser directamente  por una enfermedad común o accidente no laboral o bien por enfermedad profesional o accidente de trabajo

Se establecen un serie de requisitos para acceder a la prestación de personas integradas en el Régimen General de la Seguridad Social:
  • Estar afiliado, en alta o en situación asimilada al alta, en el momento en que se produce el hecho causante.
  • En caso de enfermedad común se ha de tener cubierto un período mínimo de cotización de 180 días en los cinco años inmediatamente anteriores al hecho causante.





Durante la situación de incapacidad temporal se produce la suspensión de la relación laboral, por lo que cesan las obligaciones de trabajar y remunerar el trabajo. El tiempo que el trabajador esté en esta situación será computable a efectos de antigüedad, teniendo el trabajador derecho a reincorporarse a su puesto de trabajo en cuanto cese la misma.
El porcentaje del subsidio a percibir será:
- En caso de enfermedad común y accidente no laboral:
  • 60% desde el día 4 hasta el 20 inclusive.
  • 75% desde el día 21 en adelante.
En caso de accidente de trabajo y enfermedad profesional:
  • 75% desde el día en que se produzca el nacimiento del derecho.

¿ QUIÉN PAGA A LA PERSONA INCAPACITADA? 

   En general, la empresa hace el pago  con la misma prioridad  que los salarios. En los casos de enfermedad común o accidente no laboral, el pago correspondiente al periodo entre el cuarto y el décimo quinto día corre a cargo del empresario, y a partir del décimo sexto, del INSS o de la Mutua. Pero esto no implica que haya de dejar de pagarle al trabajador. Es decir, durante la baja por enfermedad de un trabajador el empresario debe de seguir cotizando por él, y haciéndole las nóminas. Cuando llegue el momento de que se haga cargo el INSS, esta entidad se lo paga en forma de seguros sociales. El empresario está a cargo del salario íntegro que corresponda al día de la baja.

¿CUÁNTO PUEDE DURAR?



El subsidio se abona mientras el trabajador esté de baja, hasta un máximo de un año prorrogable por otros seis mesessiempre y cuando se prevea que en ese tiempo se puede curar, si no, se empezaría a hablar de incapacidad permanente. En este plazo, se incluyen también las recaídas.
En los casos de períodos de observación por enfermedad profesional, el período máximo es de seis meses, , cuando se estime necesario para el estudio y diagnóstico de la enfermedad.











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