Cuando el ocio acaba en accidente laboral.


   Buscando información sobre accidentes laborales que ha habido en los últimos años, me he encontrado con un artículo del periódico El País en el que nos habla de varios casos similares de accidentes de trabajo en el que han sido juzgados como accidentes laborales y otros no, vamos a ver de que casos se tratan. 

   Volver y ir al trabajo e una rutina que puede hacerse mas llevadera si la combinas esa obligación de ir en diversión. Ir en bicicleta o en monopatín o hacer una parada en un bar al terminar la jornada de trabajo es algo que hacemos habitualmente algunos trabajadores, pero esta forma de ir o volver al trabajo puede ocasionar percances para estos trabajadores  por lo que es aquí donde nos surgen las dudas de si son accidentes laborales o no. 

   La dificultad se encuentra cuando se trata de una típica parada en la jornada o cuando se convierte en un tipo de ocio para el trabajador o descanso de este. Esta diferencia existe por lo que el juzgado analiza cada acaso pero mirando bien las circunstancias de su entorno de casa caso por lo que es difícil establecer un único criterio para todos los casos. 

   Para ver la laboralidad de los accidentes, aquellos que se han producido durante el trayecto del hogar al trabajo, la justicia exige que ese desplazamiento sea determinado por una obligación personal y no por otros motivos ya sean personales. Esto es un tema clave, además el el trayecto de camino a casa o volviendo de esta y el transporte deben de ser los adecuados. Pero no está tan claro como parece  ya que los tribunales se enfrentan a casos que muestras dudas los cuales muestras circunstancias especiales. 
   La calificación de este se complica cuando se produce en un contexto ajeno a la actividad laboral, por ejemplo tomarse unas cañas después de salir del trabajo.El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de las Islas Baleares dijo que er aun accidente de trabajo en un caso que sufrió un empleado cuando estaba volviendo a casa en bicicleta, haciendo una parada en un bar. Primero cogió el metro y después cogió la bicicleta pero fue arrollado por un vehículo que se saltó un stop. Consideraron que la parada al bar no fue significativa ya que no había tomado ninguna bebida alcohólica. 
Pero la TSJ de las Canarias rechaza una sentencia de 2016 en la que no considera como accidente laboral un agresión que sufre un cocinero a la salida del bar en el que estaba después de haber terminado su jornada de trabajo, por lo que el tribunal pensaba que se había desviado totalmente del trayecto a casa ya que entre medias se había ido a tomar algo al bar, tomándolos como motivo de ocio. 
   En este articulo nos comenta otro caso en el cual una camarera en su tiempo de descanso se había ido a tomar un bocadillo a un bar y que en un paso de cebra en un puedo donde estaban haciendo corridas de vacas le arrojó una de estas, pero la sentencia denegó que fuera un accidente laboral ya que consideraron su acción como temeraria ya que no había mirado antes de cruzar, evitando que esa vaca le hubiese arrojado. 
   Si durante en el trayecto del trabajo a casa hacer despierte o vas en patines por ejemplo una fractura o lesion es este caso sería rechazada por la mutua, ya que esta consideraría que no es un medio a adecuado para desplazarse si no una forma de ocio pero no es así para los tribunales. Un trabajador volvía a casa en patinete cuando se calló después de su jornada laborales TSJ de Cataluña le dio la razón al empleado ya que el patinete es un medio d transporte a adecuado para moverse del trabajo a casa. 
   Mi opinión sobre este tema es bastante claro ya que yo no considero que volver a casa haciendo deporte no sea un medio de transporte, ya que además de cuidar el medio ambiente es bueno ejercitar los músculos de nuestros cuerpo para estar más activo y en forma, si da la ocasión de que mediante ese trayecto has sufrido un accidente es conveniente que se considere un accidente laboral, como lo es si lo tienes con el coche o con el metro. 


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